El Tercer Juzgado de Letras de La Serena condenó al Hospital a un pago por daños de 200 millones.
El día de ayer 18 de junio, se publicó respecto al fallo dictado por el Tribunal de primera instancia, en donde se condenó al Hospital San Juan de Dios de La Serena por falta de servicio en la atención de un parto gemelar, en donde, debido a la tardanza en las decisiones tomadas por el equipo médico, una de las recién nacidas presenta un daño neurológico severo.
Conforme se informa en el Portal de Noticias del Poder Judicial, en el fallo, la magistrada Cecilia Rojas Nogerol dio por acreditado el actuar negligente del centro asistencial en la atención brindada por el equipo médico que optó tardíamente por practicar una cesárea de urgencia y solo ante la irrupción de signos clínicos adversos, pese a que el embarazo gemelar estaba catalogado como de alto riesgo.
“La conducta del establecimiento demandado no puede ser calificada como un actuar diligente y ajustado a los estándares técnicos exigibles, desde que, por una parte, no se adoptó la estrategia de resolución del parto acorde con las condiciones de alto riesgo acreditadas, y por otra, no se desplegaron todas las medidas terapéuticas disponibles para mitigar el daño una vez producido el evento hipóxico. Tales omisiones y decisiones configuran un funcionamiento deficiente del servicio, en cuanto revelan una prestación que no se ajustó a los niveles de calidad, oportunidad y eficacia que razonablemente cabía esperar”
Agrega la resolución que:
“El informe pericial médico da cuenta de la existencia de un daño neurológico severo de carácter permanente, explicando su etiología en un evento hipóxico-isquémico perinatal, y describiendo sus consecuencias clínicas, tales como compromiso neurológico grave, trastorno convulsivo, dependencia respiratoria, necesidad de traqueostomía y cuidados médicos permanentes, configurando un estado de discapacidad profunda e irreversible”.
En razón del daño sufrido por el menor y la alteración de vida de la familia, es que el Tribunal condena a la indemnización de $100.000.0000 a cada uno, por daño moral respecto a la madre y al menor demandantes.
Dado que este corresponde al fallo de primera instancia, será interesante ver si la sentencia se sostiene o aumenta el monto indemnizatorio en caso de llegar a instancias superiores, en virtud que es precisamente en este tipo de daños en donde se dan los mayores montos indemnizatorios.

